martes, 15 de diciembre de 2015

Mi hijo no es ni el peor, ni el mejor...

       Tengo un niño de cuatro años, y en la guardería, sí en la guardería, le separaron de su mejor amigo, al que adoraba, porque, en palabras de su profesora "Juntos son un terremoto". 

        Pasado el tiempo, cambió de profesor y éste me comentó que cuando mi hijo se juntaba con el niño X, era un peligro. Llegado el colegio la profesora me dijo que cuando mi hijo se juntaba con el niño Y, no paraban quietos y le costaba controlarlos. Llegado el verano, la profesora del campamento me dijo que mi hijo y su amigo F (al que había conocido ese mes), por separado eran geniales, pero juntos resultaban un tanto difíciles. 

        Fue aquí cuando le dije a mi marido: "Cariño, la mala influencia va a ser tu hijo", porque por supuesto mi hijo tiene doble ser y cuando hace las cosas bien es mi hijo, pero cuando hace las cosas mal, es el suyo...

    A veces a los padres nos falta una visión más amplia, y cuando he comentado esto con profesionales me han contestado sonriendo que ni todos los niños son lo mejor, ni tampoco son lo peor. Y al hilo de ésto me ha sorprendido gratamente ver el siguiente tuit de la Policía Nacional  (@policia) publicado hoy:




     Ciertamente al Servicio de Orientación Jurídica de Menores acudían algunos padres con problemas al haber sido denunciado su hijo. Y no había término medio en sus reacciones, o venían enfadadísimos con sus hijos porque eran lo peor del universo y ya jamás serían nada en la vida y estaban destinados a ser carne de presidio; o por el contrario mostraban su absoluta seguridad con que su hijo ni siquiera era amigo de los otros ni les conocía, y simplemente pasaba por allí en el momento en que la policía hacía las detenciones, y de manera injustificada, le detuvo.

        El primero de esos ejemplos me costó bastante sonrojo: Aparecieron un padre y su hija, el padre muy enojado, la hija sin dejar de llorar. Acostumbrados como estábamos en el servicio a ver cosas realmente graves, preguntamos qué había ocurrido temiendo  lo peor, y entonces el padre dijo: "¡Ha robado un pintalabios en El Corte Inglés!", a lo que yo contesté: "Bueno, lo normal". "Lo normal para usted, señorita", me respondió muy serio el padre. Verdaderamente no es es normal robar un pintalabios en comercios, pero mi comentario pretendía calmar los ánimos y quitar importancia al hecho, porque la pobre niña ya llevaba su penitencia en el disgusto que le hacía hipar una y otra vez. (Claro que en un apartado pregunté al padre si nunca había hecho algo ilegal en los impuestos, alguna reformilla en casa en B, marcharse sin pagar algo... y me dió la razón.).

        La otra cara de la moneda me la encontré con una de las madres habituales en el Juzgado de Menores, y digo habituales porque su hijo todas las semanas tenía un expediente abierto para tramitar la Justicia Gratuíta, cada vez por una denuncia diferente, por supuesto. Aquel día le habían pillado sacando un coche de un aparcamiento, ¡al niño de 14 años!. Mientras gestionaba la documentación procuraba no comentar los casos con los padres, pero algunos, como esta madre, no hacía más que hablar sobre ello: "¡Absolutamente injusto!, lo que pasa es que le tienen manía, ¡hombre! mi hijo le estaba haciendo un favor a un amigo que resultó que le engañó y quería robar el coche". Entonces mi compañera le preguntó: "¿Y tu hijo cómo sabe conducir siendo tan pequeño?", a lo que la madre dió una respuesta que, supongo, pensó que era muy contundente: "Mi marido le ha enseñado por si nos ponemos malos y tiene que llevarnos al hospital. Es algo que deberían saber todos los niños.". Prometo que no exagero nada de nada.

        En este punto hemos de reflexionar que efectivamente los niños no son los mejores ni los peores, pero a veces hacen cosas, desde trastadas a verdaderas barbaridades. 

       Desde el punto de vista del Derecho, como padres tenemos la obligación de velar por los menores (artículo 154 del Código Civil), y los menores tienen la obligación de obedecer a sus padres y respetarles (artículo 155 del mismo Código), pero ¿y qué pasa cuando las cosas salen de madre?.


       Antes de la reforma de 2007 el Código Civil reconocía la facultad de los padres para corregir razonable y moderadamente a los hijos, cuestión que desapareció por las cuestiones de ambigüedad que acarreaba al ser un término absolutamente amplio, ¿Qué tipo de castigo permitía?

        Actualmente nos encontramos con que este artículo del Código Civil recoge que la patria potestad será ejercida siempre en interés de los hijos, de acuerdo con su personalidad, y con respeto a sus derechos, su integridad física y mental. Por lo tanto los padres tienen margen de maniobra para poder educar dentro de estos parámetros.

      Pero ¿qué ocurre cuando no estamos hablando de unos hechos normales dentro de la edad y desarrollo de los menores, sino que hablamos de casos más graves?, ¿Cómo pueden lograr los padres que un hijo deje de acudir con un grupo de personas que le influyen de manera negativa? (siempre dentro de una seriedad en el concepto "influencia negativa", no vale que no nos gusten los amigos), ¿O cómo pueden lograr que vaya al psicólogo, o a un tratamiento de desintoxicación si se niega?. Pues bien, la respuesta también la encontramos en el Código Civil: El artículo 154 del Código Civil nos dice que los progenitores pueden recabar el auxilio judicial para ejercer la patria potestad, y por otro lado el artículo 158 del mismo Código nos dice que el Juez podrá adoptar las disposiciones que considere oportunas a fin de apartar al menor de un peligro o de evitarle perjuicios en su entorno familiar o frente a terceras personas. 

      Así pues el Derecho nos ofrece una herramienta útil que, como siempre recuerdo, por sí sola no solucionará el problema, pero dará pie a que se introduzcan otras que puedan ayudar, siempre y cuando el problema sea realmente serio.



jueves, 8 de octubre de 2015

Consejos del Defensor del Menor


Ruptura-de-la-pareja

        Hoy he podido ver esta información en la puerta de un Juzgado. 

        Me parecen unas cuestiones muy sanas y muy recomendables, y me sorprende que no haya existido más difusión, me sorprende que en la hora y cuarto que he permanecido junto al cartel ningún padre se haya fijado en él. Quizá no es el mejor sitio donde colocarlo.

        Lo dejo en este enlace, es un documento del Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid llamado "RUPTURA DE LA PAREJA Guía para afrontarla sin dañar a los hijos", redactado por D. José Manuel Aguilar Cuenca. Psicólogo.

          Leedlo, no se pierde nada.






Reflexiones en el pasillo del Juzgado de Familia

         Estoy en los Juzgados de Familia de Madrid esperando a mi cliente. Pasan muchas personas junto a mí, caras tristes, angustiadas o rígidas.

        Sentada frente al ascensor he descubierto que al abrirse la puerta hay una décima de segundo en la que el rostro refleja exactamente cómo se siente esa persona, expresión que de forma automática cambia al adelantar el pie para salir del ascensor.


         De repente se abre la puerta y aparece una niña de unos seis años de edad, cogida de la mano de su mamá mientras habla contenta con ella; sonríe espontánea al ver a su papá, "¡Papi!", la niña salta a sus brazos.


         Observo que a la madre le cuesta soltar la mano. Ambos padres empiezan una lucha verbal mientra sonríen forzosamente "la niña se va a sentar conmigo", "la niña ha venido conmigo y se sienta conmigo", y cada uno toma a la niña de una mano. Finalmente cada uno se sienta en un lado y la niña con su papá. 

        Pero los ojos de la niña ya no sonríen. Pese a las sonrisas forzadas de los padres, la niña ha entendido lo que pasaba.


       No dejemos que los niños tengan que decidir entre uno y otro, tengamos más empatía con los pequeños.